martes, 12 de enero de 2010

TALACHAS




RECYCLEDMEDIA

Martes 12 de enero de 2010.

CIUDADANAS DIPUTADAS

CIUDADANOS DIPUTADOS


DIRECTIVA DEL PRIMER PERIODO DE SESIONES

LVII LEGISLATURA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MEXICO

Diputado Luis Gustavo Parra Noriega

PRESIDENTE.

Diputada Cristina Ruiz Sandoval

Diputado Francisco Javier Veladiz Meza

VICEPRESIDENTES.

Diputado Francisco Javier Funtanet Mange

Diputado Miguel Angel Xolalpa Molina

Diputado Luis Antonio González Roldán

SECRETARIOS.


COMISION DE DERECHOS HUMANOS

Diputado Marco Antonio Gutiérrez Romero.

PRESIDENTE.


COMISION DE SEGURIDAD Y TRANSITO

Horacio Enrique Jiménez López

PRESIDENTE.

P R E S E N T E S:





Quien suscribe, Alfonso Jesús García Pérez, en mi calidad de ciudadano mexiquense, con fundamento en lo previsto en el artículo 51, fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en representación de: ASOCIACION MEXICANA DE ESTUDIOS SOBRE CANNABIS A.C., presidida por el pasante de la licenciatura en comunicación Leopoldo Rivera Rivera, ciudadano mexiquense; de la revista LA TINTA SUELTA, suplemento cultural del semanario mexiquense ACONTECER, dirigida por el sociólogo Juan Pablo García Vallejo y en mi propia representación, Comparezco ante esta soberanía para poner a su consideración una iniciativa que, con todo respeto, exponemos a continuación, conforme a los siguientes


ANTECEDENTES:

El sistema republicano de México ha sido un ejemplo mundial de tolerancia y de respeto a las personas así como a sus derechos, desde la época en que los liberales nos dieron patria, evolucionando heroicamente hasta el Congreso Constituyente de 1917, alcanzando la cumbre de la civilización occidental en el demócrata y humanista mundial, y también liberal, Lázaro Cárdenas del Río y en su progresista equipo: Narciso Bassols y Francisco J, Mújica.

El Apartado de las Garantías Individuales de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, plasmado por los jacobinos y magonistas, también liberales, se adelantó décadas a su época en la implantación de los principios: Estado garante de las libertades civiles, respeto a los derechos humanos, gobierno laico, leyes científicas no moralistas, equidad y no discriminación, los cuales son coherentes con todos los tratados internacionales de derechos humanos que, al ser ratificados por el Senado de nuestra República, pasan a ser parte del orden jurídico nacional.

Así también, el Estado Libre y Soberano de México, tiene sus especiales antecedentes en cultivar y desarrollar el respeto a la dignidad humana y a la erradicación de la violencia.

Teotihuacan, la más grande civilización del continente americano, logro desde el siglo II de nuestra era al siglo VII de nuestra era, el mayor período humano sin guerras y de hecho, en su zona mega-metropolitana, durante esos más de 500 años, se verificaron menos de 40 ejecuciones o quizás sacrificios, lo cual es una cifra incomparable con los promedios de dicha práctica entre los griegos, romanos, cartagineneses, germanos, francos, celtas, chinos, manchúes, mongoles, egipcios, asirios o babilonios. Cifra también incomparable con los índices de muertes violentas en las grandes ciudades de la era industrial.

Fue por medio de convenios pacíficos y no de guerras, que Teotihuacan, logro confederar y tecnificar a las ciudades-Estado más lejanas: el Tajín en Veracruz; Cholula y Cantona en Puebla y Tlaxcala; su propia madre, Monte Alban; Xochicalco en Morelos, Comalcalco en Tabasco; Calakmul, Utzmal y Edzna en la península de Yucatán; Palenque en Chiapas; Tikal en Guatemala y la espectacular Copán, hoy Honduras, la primera y la más perfecta cuidad maya del “Clásico”, cuyo celebre Rey Yax Cuk Mó, narra su viaje a Teotihuacán, donde ingresa a una extraña republica-colegio de ingenieros de Tlaloc, que le enseñan las matemáticas, las tecnologías agrícolas, las obras hidráulicas, los principios de la producción, de la división especializada del trabajo y del extensivo desarrollo económico así como de los valores de paz, derivados de los anteriores principios, los cuales, el rey Yax Cuk Mo regresó a imponer, con mediano éxito, a sus violentos paisanos del sur. Este rey con anteojos, construyó la Nueva Teotihuacán en Honduras e influyó en el surgimiento del Mayab y de Tihuanaco en Perú.

Recordemos que la convicción los ingenieros teotihuacanos era que el clero militarista o los bárbaros no desarrollaran maquinarias o sistemas de guerra, por lo que hicieron secretos sus conocimientos y dejaron de plasmarlos en piedra o en cortezas de árboles, creando el sistema de conocimiento de transmisión oral más grande de la historia humana, que fue profanado con la autorización de Teotihuacan a Yax Cuk Mo para escribir los conocimientos adquiridos en el Tlalocan, exceptuando las leyes del fuego y del círculo.

Teotihuacan desarrolló la más perfecta computadora virtual, asentada en organizadas generaciones de bellísimos cerebros y mentes racionales, formadas a su vez por los más sofisticados enlaces neuronales; por los más precisos procesos neuro-linguisticos y neuro-digitales y por los más especializados y eficaces neurotransmisores o receptores post-sinápticos, cuya prueba de superioridad es el modelo económico que erradicó la violencia, hasta su colapso ecológico del año 750 AC y la posterior conquista a manos de los bárbaros coyotlatelco y de la ciudad Estado de Xochicalco.

En esta tradición pacifista y liberal se ha desenvuelto las últimas tres décadas el movimiento mexicano por la despenalización del consumo de la mariguana, cuya ideología se remonta a grandes próceres de la cultura nacional, quienes consumían mariguana como Amado Nervo, Frida Kalho, Diego Rivera, Agustín Lara, Germán Valdés, Octavio Paz y José Agustín, entre otros.

El movimiento ha sido y es respaldado por los principales intelectuales de México y por las más avanzadas investigaciones científicas de las más prestigiadas universidades del mundo. Después de los manifiestos por legalizar algunas drogas, a finales del siglo XX, de las revistas: GUILLOTINA (mexiquense), GENERACION (del Distrito Federal) y CAMBIO 16 (de Colombia), en 1996 tales manifiestos fueron firmados por varios premios nobel y por los principales intelectuales de América. A partir de allí se formaron, en los municipios mexiquenses de Naucalpan, Ocoyoacac, Ecatepec, Toluca y Luvianos, equipos secretos de dirigentes y artistas, decididos a desarrollar un programa para despenalizar la mariguana en México, que en cierto momento tuvo el apoyo público y privado del diputado local mexiquense de la LII Legislatura, Guillermo González Hernández.

Desde mayo del año 2000, un frente más amplio de organizaciones culturales y de derechos humanos, convocaron a la realización de la marcha y festival mundial por la liberación del cannabis, en sincronía con decenas de marchas por todo el planeta. Desde entonces, cada primer sábado de mayo de cada año, en el Distrito Federal, se ha organizado esta marcha-festival con un promedio histórico de 2 mil asistentes, con las característica siguientes: no se cerró el tránsito vehicular, no hubo un solo grafitti o pinta de protesta, no hubo un solo herido ni un solo conflicto entre las tribus asistentes y no hubo una sola palabra soez o agresión hacia la policía, resultando el movimiento de la mariguana ser el más pacífico, ordenado, respetuoso y culto de los movimientos sociales de la historia reciente de México.

POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO PROPONEMOS:

Que la LVII Legislatura del Estado de México tenga a bien aprobar la presente Iniciativa al Honorable Congreso de la Unión con el proyecto de decreto que reforma los Capítulos V y VI y crea el Artículo 252 Bis de la Ley General de Salud, con el objeto de retirar a la mariguana de las lista de drogas prohibidas en México y terminar el tratamiento penal y policiaco a sus consumidores, en tanto no violen la ley ni los derechos o las libertad de terceros.

Esta iniciativa de proyecto de decreto federal anexo al cuerpo de la presente iniciativa ciudadana, y a continuación de la rúbrica, queda a consideración del pleno de la Honorable LVII Legislatura del Estado de México.

Toluca de Lerdo, capital del estado de México, martes 12 de enero de 2010

RESPETUOSAMENTE:


Alfonso Jesús García Pérez.

Secretario General de Estudios Sobre Cannabis A.C. y consejero editorial de las revistas: LA TINTA SUELTA Y GACETA CANNABICA.

Con domicilio en Amapola Num.39, Jardines del Molinito, Naucalpan, estado de México, Código Postal 53530, número telefónico particular (55) 53 00 47 29 y número telefónico celular (55) 51 91 45 97 y correos electrónicos: algarciap3@hotmail.com y aljesusgarciaperez@gmail.com


RUBRICA:

Leopoldo Rivera Rivera.


CONSIDERANDOS:


CIUDADANAS DIPUTADAS FEDERALES

CIUDADANOS DIPUTADOS FEDERALES

MESA DIRECTIVA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

LXI LEGISLATURA DEL CONGRESO DE LA UNION

P R E S E N T E S:

Con fundamento en el artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 61 fracción VII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y en el artículo 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, la LV Legislatura del estado de México aprobó y resolvió en sesión plenaria presentar ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

PROYECTO DE DECRETO

ARTICULO UNICO. Iniciativa que reforma los Capítulos V y VI y crea el Artículo 252 Bis de la Ley General de Salud, con la solicitud de que sea turnada a las Comisiones de Derechos Humanos y de Cultura y a la Comisión Especial sobre No Discriminación, Nuevos Sujetos y Nuevos Derechos, con base en la siguiente

Exposición de motivos:

RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CONSUMIDORAS DE MARIGUANA (O CANNABIS SATIVA) Y REFORMA A UNA LEY QUE PROHIBE SIN FUNDAMENTOS.

1. No todos los consumidores de la mariguana o cannabis deben ser considerados automáticamente delincuentes, narcotráficantes o personas disfuncionales. Tampoco se puede afirmar A Priori que todos los consumidores de mariguana sean adictos, de la misma forma en que la mayoría de los consumidores de alcohol, de tabaco o de cualquier otra droga no se les considera adictos y si se les considera consumidores eventuales o “sociales”.
2. Los fumadores de cannabis son en su mayoría eventuales, aficionados o consumidores sociales, y en su mayoría son personas trabajadoras e integradas socialmente, por lo que no existe fundamento alguno para su trato penal y policiaco. De hecho ha resultado imposible determinar quien consume mariguana o quien no, pues no existen patrones o indicadores de conducta que diferencien a los consumidores de los no consumidores de mariguana, y puesto que no confiesan su afición por una droga ilegal, ha resultado imposible un estudio científico para determinar índices de adicción o de daños a la salud. Ni siquiera existe el control policiaco o judicial sobre las cifras de consumidores, pues más del 90% de los consumidores que son sorprendidos en posesión de mariguana, se someten al estandarizado chantaje policiaco o judicial y pagan subrepticiamente para no sufrir el arresto, tenga fundamento o no. Seguir prohibiendo y castigando a los fumadores de cannabis es hipocresía.
3. Quienes pudieran ser considerados adictos, es decir, quienes se asumen o confiesan “mariguanos”, son considerados personas pacíficas, tanto por la comunidad como por la ciencia. No representan pues, un peligro a la sociedad que amerite su detención ni el chantaje por parte de policías y de judiciales, quienes al final de la cadena de corrupción, son quienes administran las ventas de todas las drogas ilegales. De hecho, no hay crimen organizado ni tráfico de armas sin la existencia de amplias redes de militares, funcionarios de gobierno y de policías locales y federales tanto de México como de Estados Unidos. Despenalizar la mariguana es quitar un pretexto a la corrupción y a la violencia; significa un mercado menos para la guerra de la hipocresía y representa un pequeño apoyo para pacificar México.
4. Este proyecto de reforma es de la sociedad civil, conforme a valores republicanos y científicos, opuestos a toda cultura autoritaria y a la hipocresía con corrupción del sistema. El presente proyecto parte de la iniciativa ciudadana ante la LVII Legislatura Local del Estado de México, promovida por el Secretario General de por la Asociación Mexicana de Estudios sobre Cannabis A.C., AMECA, Alfonso Jesús García Pérez,basando su iniciativa en los trabajos de la misma AMECA, presidida por Leopoldo Rivera Rivera y en los trabajos de la revista cultural mexiquense La Tinta Suelta y la, dirigidas por Juan Pablo García Vallejo, productos a su vez de mas de 10 años de debates, investigaciones y movilizaciones pacíficas, con la premisa de la defensa los derechos de los consumidores, con antecedentes, de hace más de 20 años, en ensayos de las revistas Guillotina, Generación y Cambio 16.
5. Esta obra libertaria es continuada por revistas del siglo XXI como Fanzine Ilegal, Yerba Libre y Gaceta Cannabica así como por la asociación civil Organi-K. En 1996, Generación lanza un manifiesto por la despenalización de las drogas suscrito por decenas de intelectuales y artistas, y que fue retomado por Gabriel García Márquez para un manifiesto internacional con la firma de varios premios nobel y de los principales intelectuales de América.
6. Presentamos este proyecto aspirando a un dictamen positivo, al ser turnado a comisiones de mayoría progresista con garantía de un trabajo científico. La iniciativa se respalda en más de 40 investigaciones de las mejores universidades del mundo y también demuestra la falta de fundamento a la persecución de consumidores. Existe además un movimiento intelectual de apoyo y la iniciativa incorpora 4 programas relevantes: educativo, prevención, reducción de daños a la salud y erradicación total del consumo en menores.
7. Hacemos un reconocimiento al soporte científico de esta iniciativa. Los conservadores difícilmente podrán debatir las investigaciones que le dan sustento, ni cuentan con estudios científicos que avalen su prohibición. El principal soporte científico y académico lo aportaron Leopoldo Rivera, Ricardo Salas y Juan Pablo García, presidentes de AMECA, de Convive A.C. y de la Gaceta Cannábica, respectivamente. Alfonso y Ricardo Bautista, de la Gaceta Cannábica, aportaron un modelo democrático de Consejo para que evalúe científicamente los efectos de la despenalización, de la misma manera en que lo hicieron comisiones legislativas en Estados Unidos y en Holanda. Pensamos que incluso el Poder Ejecutivo Federal habrá de respaldar este proyecto, pues su titular manifestó estar cansado de administrar la impunidad en México. Un buen comienzo es que los policías dejen de perseguir, de chantajear y de estigmatizar a los pacíficos consumidores de cannabis. Esta iniciativa la suscriben: la ASOCIACIÓN MEXICANA DE ESTUDIOS SOBRE CANNABIS, A.C., ORGANI-K,A.C. las revistas GACETA CANNABICA, LA GUILLOTINA, GENERACION, TINTA SUELTA y FANZINE ILEGAL-COLECTIVO CANNABICO DE LA UNAM; Federico Campbell Peña, José Agustín Ramírez, Francesca Gargallo, Carlos Martínez Rentería, Juan Luis Concheiro, Jaime Ortiz Leroux, Enrique Rojas Bernal, Guadalupe Moreno Corzo, Jesús Ramírez Cuevas, Rubén Islas, Javiera Pinochet, Leticia Luna, Lino Cambrón, Saturnino Vallejo, Benjamín Anaya, Norma de la Cruz, Eduardo Balderas y Adolfo Galindo entre otros.
8. La persecución a los consumidores de mariguana o cannabis carece de sustento científico. Es tan sólo un prejuicio producto del oscurantismo y del subdesarrollo cultural.
9. La mariguana se encuentra en una lista de drogas, en el Artículo 237 de la Ley General de Salud, cuyo “consumo queda prohibido” en México. En este mismo artículo se restringe el uso médico: “Igual prohibición podrá ser establecida por la Secretaría de Salud para otras substancias señaladas en el Artículo 234 de esta Ley, cuando se considere que puedan ser sustituidas en sus usos terapéuticos por otros elementos que, a su juicio, no originen dependencia”.
10. Pero en México no hay índices de adicción o dependencia. En México no existen estudios completos sobre los daños a la salud que supuestamente genera la mariguana. No están comprobadas conductas delictivas derivadas de la desesperación por falta de mariguana; ni graves síndromes de abstinencia; ni el papel del cannabis en la inducción a otras drogas. Finalmente, la clasificación como Estupefaciente a la especie vegetal Cannabis Sativa, en la Ley General de Salud, no se fundamentó en estudios nacionales y tiene la contradicción de que, al mismo tiempo, clasifica a su elemento activo como Sustancia Psicotrópica.
11. En el mundo existen estudios serios y científicos sobre la mariguana, cuya orientación es justificar su despenalización. No existen registros internacionales sobre muertes o enfermedades graves derivadas del consumo de mariguana, en contraste con los extensos registros de daños por el consumo en exceso de drogas legales como el alcohol, el tabaco, los antidepresivos y las anfetaminas. No hay registros sobre accidentes automovilísticos o laborales provocados directamente por el consumo de mariguana.
12. En el caso de la mariguana, se habla de una adicción psicológica, diferente a las adicciones fisiológicas al alcohol o a los fármacos. En todo el mundo se reconoce esa diferencia fundamental. La adicción fisiológica se explica en la forma en que el alcohol y los fármacos afectan directamente a la estructura de los tejidos nerviosos y a los enlaces intra-neuronales. En el caso del cannabis, los efectos histológicos son menores y funcionan básicamente por predisposición genética: a) Existen las dopaminas y las endorfinas o drogas internas, con forma semejante al Tetra-Hidro-Cannabinol, como la Anandamida (estimulante del apetito) y el 2-Arachidonoil-Glicerol, que a su vez estimulan la generación de neurotransmisores químicos en las neuronas pre-sinápticas y b) Existen los receptores ionotrópicos cannabinoides en neuronas post-sinápticas en la corteza cerebral, en el tallo y en el hipotálamo.
13. Quienes aislaron la peculiar estructura del elemento activo de la mariguana, el Delta 9 Tetra Hidro Cannabinol, THC, determinaron un mecanismo psicológico y no neurológico en la afición al cannabis.
14. Desde 1988, Allyn C. Howlett de la Universidad de Saint Louis, Estados Unidos, dio sustento a la teoría de la afición psicológica y a la clasificación del Cannabis como “Droga Blanda”, apoyado en los estudios previos y posteriores de Raphael Mechoulam, de la Universidad de Jerusalén. Tales diferenciaciones de la mariguana respecto a otras drogas, son conceptos que se han impuesto en la mayoría de las universidades de la civilización industrial.
15. En México, incluso entidades conservadoras reconocen estas diferenciaciones, como en el caso del Instituto de Asistencia e Integración Social del DF, IASIS, que publicó un folleto diferenciando los 2 tipos de adicciones y su titular, César Cravioto, declaró que la afición a la mariguana es producto psico-sociocultural.
16. Sin embargo, el tratamiento judicial y policial a los eventuales aficionados a la mariguana, es el mismo o peor que a los peligrosos adictos a drogas “duras” como el alcohol, la heroína, el thiner o la llamada “Piedra”.
17. Los anti-psiquiatras (Palo Alto, 1967) David Cooper, R.D. Laing, Thomas Szasz y Gregory Bateson, denunciaron la parcialidad del concepto “Enfermedad mental” y hablaron abiertamente a favor del cannabis para fines de esparcimiento y para usos psicoterapéuticos. En los 70”s, surge el libro “Plantas de los Dioses”, donde la mariguana cubre una buena parte del libro del Dr. Richard Evans de Harvard y del Dr. Albert Hofmann, éste último descubridor del LSD, quien además describió y probó cientos de drogas de usos rituales o medicinales, sin perder lucidez y viviendo más de 100 felices años.
18. Afirmamos lo del dominio público: que los consumidores de cannabis son pacíficos y personas trabajadoras e integradas a la sociedad, que los efectos psicológicos y biológicos de la mariguana son tranquilizantes y que sus niveles de adicción son menores a los de las drogas legales e incomparables a los efectos del crack, del thiner inhalado, de la morfina, de la heroína o del cristal.
19. La representante de AMECA en Europa, Norma de la Cruz, confirma que las opiniones mas calificadas del mundo están por la despenalización. Desde el New York Times hasta el británico The Economist se pronunciaron a favor este año. Y la principal revista de salud del Reino Unido, MEDICAL NEWS TODAY, establece en 2008 una tabla de drogas por niveles de daños, a partir de encuestas universitarias y estudios clínicos. Ubica al Cannabis como una droga blanda menos dañina que las drogas legales, aplicando 3 criterios: Daños físicos; efecto des-Integrador (influencia negativa en la familia y en la sociedad) y nivel de adicción ó índice de dependencia.




TABLA DE DROGAS POR NIVEL DE DAÑOS-PELIGROSIDAD.

(1) Heroína.
(2) Cocaína.
(3) Barbitúricos.
(4) Derivados-equivalentes fumables de Erythroxilonnovogratense.

(5) Alcohol.
(6) Ketamina.
(7) Diazepan.
(8) Amfetaminas.
(9) Tabaco.
(10) Morfina.
(11) Solventes.

(12) Cannabis.
(13) 4-MTA, Paramethyldioamfetamina.
(14) LSD.
(15) Ritalín.
(16) Esteroides Anabólicos.
(17) GHB, Acido Gama Hydroxybutyric.
(18) Extasis.
(19) Alkylnitritos.
(20) Kat.

20. El cannabis estuvo 5 mil años con la humanidad sin prohibición, y aún hoy, con prohibición, sigue formando parte inherente de la cultura y del metabolismo humano. Esto ha generado una amplia predisposición genética y neuro-lingüística en generaciones de todas las culturas, mientras que las súper drogas duras-sintéticas, que causan estragos sociales, son inventadas en los siglos XIX y XX. Recordemos las tiendas de opio en China y en India, diseñadas para hospedar a los narco-turistas europeos, mientras que en las calles, los autóctonos indios y chinos sucumbían a la adicción, de la misma forma en que nuestros indígenas americanos sucumbieron al licor europeo. Hoy hay estragos por diversas drogas químicas entre los artistas ricos y en los barrios pobres de Estados Unidos y de Europa. Sin embargo, ni ingleses ni portugueses ni españoles ni holandeses denunciaron o registraron estragos por adictos al cannabis en sus colonias en Asia o en América. Fray Juan de Zumárraga, Obispo y Presidente de la Segunda Audiencia de la Nueva España, recomendó el cultivo de cáñamo industrial y porque... “Es de lo poco que falta a los indígenas para ser felices…”.




LA PROHIBICIÓN AL CONSUMO DEL CANNABIS COMO PRETEXTO DE CORRUPCIÓN Y DE REPRESIÓN AUTORITARIA DE LOS GOBIERNOS.

21. No hay pruebas del daño que infringen a la sociedad los consumidores del cannabis. Aún así se les arresta por su conducta privada de fumar; se les acusa de ser enfermos adictos y se les restringe el uso de sus propios cuerpos físicos, eliminando la libertad de consumo. Sin embargo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra en las Garantías Individuales la potestad ciudadana sobre conductas privadas. El Estado no puede restringir las libertades individuales, mientras no afecten la libertad o los derechos de otras personas. Artículo 16 de la Constitución: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.
22. El tema de los consumidores de mariguana es un asunto que compete a científicos y a profesionales de la salud o de la educación, pero no compete a policías ni a judiciales. ¿Qué justifica detener o chantajear a un consumidor de cannabis y por ende negarle sus derechos humanos? En lugar de usar grupos armados contra pacíficos consumidores, deberían dedicarse a combatir el crimen organizado producto de la corrupción gubernamental, las bandas armadas de asesinos, ladrones o secuestradores.
23. La persecución a los consumidores de drogas en el mundo no ha debilitado al narcotráfico, no han reducido el consumo y solo ha incrementado el consumo ilegal. Las prohibiciones construyeron el gran negocio de la hipocresía, como la “Ley seca” de Estados Unidos de América que, al prohibir el licor, creó la mafia más grande del mundo en los años 1930, sin reducir el nivel de alcoholismo.
24. Las prohibiciones no han reducido el consumo de drogas en ninguna parte del mundo ni en algún momento de la historia moderna, mientras que las despenalizaciones no han incrementado el consumo de drogas. Con la liberación en Holanda, sus ciudadanos no incrementaron su consumo de mariguana, aunque se generó un turismo de consumidores de cannabis de todo el mundo.
25. Se debe considerar que parte de los consumidores de las drogas que transitan en México son de Estados Unidos, país cuyas mafias son impunes y no reciben ningún cuestionamiento a sus “Zares Antidrogas” y ni a sus autoridades locales aliados al narco.
26. En todo el mundo, el Narco ha sido una de las “cajas chicas” de gobernantes en turno. En todos los procesos de policías corruptos, quienes supuestamente combaten al Narco, crece la simulación, se incrementa el tráfico de armas y suceden miles de muertos, chivos expiatorios, sin reducirse nunca el consumo de drogas.
27. Esta doble moral se sigue repitiendo en México, donde los gobernantes rechazan irracionalmente la despenalización de la mariguana, sin argumento alguno o rezando dogmas religiosos.
28. A los pronunciamientos sobre despenalizar la mariguana y al Punto de Acuerdo de Mayo de 2007 para debatir el tema, del Diputado Federal, hoy independiente, Pablo Arreola Ortega, el entonces Presidente de la Cámara, el legislador Sergio Zermeño Infante del PAN, no pudo responder y sólo pudo opinar: “La solución no es legalizar las drogas“. Respuesta tajante y equivocada, pues las drogas ya están legalizadas en México, como el violento alcohol, los devastadores antidepresivos o el mortal tabaco.
29. Por el contrario, la exPresidenta de la Cámara de Diputados Federales, Ruth Zavaleta Salgado del PRD, reconoció en tribuna que responder al narcotráfico “Fuego contra Fuego” no ha dado resultados y que el problema se debe abordar en su integralidad, como problema de salud y de educación.
30. La diputada Elsa Conde de Alternativa Socialdemócrata y los diputados José Alfonso Suárez del Real del PRD y Pablo Arreola Ortega del PT, presentaron el 30 de abril de 2008, una iniciativa de despenalización de la mariguana para usos médicos, que no ha tenido derecho a ser debatida y justamente dictaminada.




EN MÉXICO ES LEGAL EL USO MÉDICO DE LA MARIGUANA O CANNABIS EN PROGRAMAS DE INVESTIGACIÓN, PUNTO DE PARTIDA PARA AMPLIAR SUS APROVECHAMIENTOS.

31. En México está autorizado el consumo de la Mariguana o el Cannabis bajo prescripción médica, dentro de un protocolo de investigación aprobado por la Secretaría de Salud, conforme a la Ley General de Salud en su Artículo 238: “Solamente para fines de investigación científica, la Secretaría de Salud autorizará a los organismos o instituciones que hayan presentado protocolo de investigación autorizado por aquella dependencia, la adquisición de estupefacientes a que se refiere el Artículo 237 de esta Ley. Dichos organismos e instituciones comunicarán a la Secretaría de Salud el resultado de las investigaciones efectuadas y cómo se utilizaron”.
32. Sería muy importante que la Federación autorice investigaciones locales sobre las propiedades médicas del cannabis.
33. Más aún, el espíritu del Ejecutivo Federal debe expresarse en permitir a los estados de la república y al Distrito Federal, hacerse cargo de sus consumidores de drogas con médicos y psicólogos, para quitarle este negocio a los policías locales y federales.
34. La mariguana ha tenido usos médicos durante miles de años en las civilizaciones universales como la China, la India y la Musulmana, que desarrollaron amplias herbolarias.
35. La farmacopea Mexica adoptó y desarrolló los usos medicinales del Cannabis desde la llegada de los españoles a América, quienes lo usaban como fibra para cuerdas, cabos, telas y velas de los barcos, mientras que los esclavos africanos traídos por los españoles, utilizaban el cannabis fumado como tranquilizante, para resistir el cautiverio y la brutal explotación.
36. El uso psicológico, médico y cultural de la mariguana se desarrolló desde antes del siglo XXX antes de Crsito, durante la civilización India del preclásico ó Drádiva, la misma fuente de las disciplinas de salud y de gimnasias llamadas YOGA. En el año 2737 A.C. el emperador botánico chino Shen Nung escribió y recomendó ampliamente al cannabis. El uso cultural de las drogas, implantado por los antiguos hindús, fue asimilado por los invasores arios en la tradición del Soma, y lo re-descubrimos en todo el mundo. Fue equivalente al uso del Ololiuqui o (Ipomea Violacea) y del Toloache o (Datura), por parte de los arquitectos, escultores y pintores teotihuacanos, entre los siglos I y VII D.C., quienes consumían tales drogas previo a las sesiones del Colegio de Ingenieros. Una semilla de toloache con un ojo al centro es el símbolo del Instituto Nacional de Antropología e Historia, INAH, pues glifos de tal símbolo adornan todo el complejo arquitectónico teotihuacano.
37. En occidente es clara la esencia del uso cultural de las drogas. El escocés James George Frazer, nacido en Glasgow, escribió en 1930 "La Rama Dorada", donde reconoce en los rituales griegos, basamento de la cosmogonía occidental, el uso intensivo de drogas. En la otra génesis de occidente, el judaísmo, nunca se censuró al cannabis y no está prohibido en la Torá, ni en el Zohar, ni en los Talmud ni en la Biblia y mucho se escribió sobre el uso sacerdotal de “Mieses y yerbas amargas”, como la mandrágora, la belladona y aceites de múltiples compuestos entre los que se incluía al oriental hachis, el mismo que mil años después usaron los musulmanes-assassins en sus procesos de iniciación militar, mística y filosófica.
38. En la punta de la era industrial avanzan las investigaciones sobre las aplicaciones de la sustancia activa del Cannabis en tratamientos contra: la falta de apetito, artritis, reumatismo, esclerosis, asma, estrés, glaucoma, epilepsia, etc. A nivel mundial son muchas las instituciones que realizan estudios sobre el uso medicinal del Cannabis. En México no hay ciencia en los prohibicionistas y no existen en el país investigaciones serias y objetivas al respecto, salvo 3 excepciones relevantes: la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHAPINGO, cuyos investigadores se han pronunciado por el uso médico del cannabis y 2 en la Universidad Nacional Autónoma de México, UNAM, con el investigador Dr. Luis Astorga Almanza, de la cátedra UNESCO y con el Dr. Oscar Prospero García, del Departamento de Fisilogía de la Facultad de Medicina, cuyas investigaciones han arrojado resultados que favorecen la despenalización del cannabis, al igual que en el universo científico y académico internacional. Hacemos una relación de las mas relevantes



INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS DE 2007 SOBRE EL APROVECHAMIENTO MÉDICO DEL CANNABIS.

Título del estudio: Mariguana: Un efectivo tratamiento para epilepsia parcial. Autores: Mortati K, Dworetzky B, Devinsky O. Departamento de Neurología, de la Escuela de medicina de la Universidad de Nueva York. Estados Unidos.

Diseño de la investigación: Reporte de caso, sin control. Revisión de literatura.

Afecciones: Esclerosis Múltiple. Dolor.

Título del estudio: Oromucosal ∆9-tetrahydrocannabinol para dolor neuropático. asociado con Esclerosis Multiple. Estudio Abierto

Autores: Rog DJ, Nurmikko TJ, Young CA. Walton Centre for Neurology and Neurosurgery, Liverpool and Pain Research Institute, Liverpool. Reino Unido.

Título del estudio: Sativex, un tratamiento exitoso para el dolor neuropático.

Autores: Nurmikko TJ, Serpell MG, Hoggart B, Toomey PJ, Morlion BJ, Haines D. Institut für Rechtsmedizin und V. der Universität Heidelberg. Alemania.

Afección: Perdida de Apetito y de peso.

Estudio Piloto con Delta-9-THC: Anorexia of aging in long term care.

Autores: Wilson MM, Philpot C, Morley J.E. Wilson. Division of Geriatric Medicine, Saint Louis University. Estados Unidos.

Afección: Nausea, vómito. Perdida de Apetito y de peso en enfermos de SIDA.

Autores: Dejesus E, Rodwick BM, Bowers D, Cohen CJ, Pearce D. Orlando Immunology Center, Florida. Estados Unidos.

Resultados: Incremento de apetito y reducción de nauseas. Con Delta-9-THC.

Afección: Perdida de apetito y de peso en enfermos de VIH-SIDA.

Título del estudio: Dronabinol y mariguana fumada en VIH-ceropositivos.

Autores: Haney M, Gunderson EW, Rabkin J, Hart CL, Vosburg SK, Comer SD, Foltin RW. New York State Psychiatric Institute y Department of Psychiatry, College of Physicians and Surgeons of Columbia University. Estados Unidos.

Afección: Nausea, vomito, quimioterapia y dolor de cáncer.

Título del estudio: Eficacia del Dronabinol solo y en combinación con Ondansetron para reducción de daños y malestares en tratamientos de quimioterapia.

Autores: Meiri E, Jhangiani H, Vredenburgh JJ, Barbato LM, Carter FJ, Yang HM, Baranowski V. Bethesda Memorial Hospital, Comprehensive Cancer Care Center, Boynton Beach, Florida. Estados Unidos. Estudio Controlado.

Afección: Esclerosis Múltiple.

Título del estudio: Tratamiento de Entorno controlado en Esclerosis Multiple.

Autores: Collin C, Davies P, Mutiboko IK, Ratcliffe S, del Sativex Spasticity in MS Study Group Department of Neurorehabilitation. Londres, Reino Unido.

Afección: Dolor.

Título del estudio: Dose-dependent effects in healthy volunteers.

Autores: Wallace M, Schulteis G, Atkinson JH, Wolfson T, Lazzaretto D, Bentley H, Gouaux, Abramson I. Department of Anesthesiology, Center for Pain and Palliative Medicine, University of California y San Diego School of Medicin. Estados Unidos.

Afección: VIH-SIDA. Dolor.

Autores: Abrahams DI, Jay CA, Shade SB, Vizoso H, Reda H, Press S, Kelly ME, Rowbotham MC, Petersen KL. San Francisco General Hospital. Estados Unidos

Resultados: La mariguana fumada fue bien tolerada, se redujeron dolores y problemas neurológicos de sensibilidad.

Afección: Glaucoma.

Título del estudio: Dronabinol y hemodinamica retinal en humanos.

Autores: Plange N, Arend KO, Kaup M, Doehmen B, Adams H. Hendricks S, Cordes A, Huth J, Sponsel WE, Remky A. RWTH Aachen University, Department of Ophthalmology, Aachen. Alemania.

Resultados: Delta-9-THC reduce presión intraocular y mejora circulación en retina.

Título del estudio: Nabilone para el tratamiento de Dolor en fibronalgia.

Autores: Skrabek RQ, Galimova L, Ethansand Daryl K. Section of Physical Medicine and Rehabilitation, University of Manitoba, Rehabilitation Hospital, Health Sciences Centre, Winnipeg, Manitoba, Canada.

Esta relación de investigaciones científicas nos fue proporcionada por Leopoldo Rivera Rivera, presidente de la ASOCIACION MEXICANA DE ESTUDIOS SOBRE CANNABIS A.C., además de referencias a los trabajos Asociación Internacional por el Cannabis como Medicamento (IACM, por sus siglas en inglés).

El sociólogo y editor Juan Pablo García Vallejo, además de sus ensayos contraculturales de hace 25 años, aporta: a) Los ensayos científicos sobre Dronabinol y Marinol (medicamentos con THC) de la Sociedad Americana de Oncología Clínica y del Medical News Today de 2005; b) Mas referencias a los trabajos de la Asociación Internacional por el Cannabis como Medicamento y c) El estudio tipo caso-control del Dr. Donald Tashkin de la Universidad de California, Estados Unidos y d) fundamentos sobre no discriminación y derechos culturales de los consumidores de mariguana.

Finalmente, el Lic. Ricardo Sala de Convive A.C. nos aporta la referencia de una tesis en inglés de John P. Morgan y Lynn Zimmer, de 1995, Marijuana Myths, Marijuana Facts, que es una de las mayores sistematizaciones de evidencias pro-legalización del cannabis, especialmente para su uso médico, acompañada de la siguiente bibliografía:

o Rubin, V., "Cross-Cultural Perspectives on Therapeutic Uses of Cannabis," pp 1-18 in S. Cohen and R.C. Stillman (eds), The
Therapeutic Potential of Marijuana, New York: Plenum Medical Book Company (1976).
o Chang, A.E. et al, "Delta-Nine-Tetrahydrocannabinol as an Antiemetic in Cancer Patients Receiving High-Dose Methotrexate: A Prospective Randomized Evaluation, Annals of Internal Medicine 91: 819-24 (1979).
o Hepler, R.S. and Frank, I.R., "Marijuana Smoking and Intracular Pressure", (1971), Journal of the American Medical Association 217: 1392.
o Petro, D.J., "Marijuana as a Therapeutic Agent for Muscle Spasm or Spasticity", Psychosomatics 21: 81-85 (1980).
o Grinspoon, L. and Bakalar J.B. Marijuana: The Forbidden Medicine, New Haven: Yale University Press (1993).
o Vinciguerra, V. "Inhalation Marijuana as an Antiemetic for Cancer Chemotherapy", New York State Journal of Medicine (1988).
o Dansac, D., "In the Matter of Marijuana Rescheduling Petition", Affidafit filed in Drug Enforcement Adminstration Hearings,
Docket 86-22 (1987).
o Doblin, R. and Kleiman, M.A.R., "Marijuana as an Anti-Emetic Medicine: A Survey of Oncologists' Attitudes and Experiences," Journal of Clinical Oncology 19: 1275-1290 (1991).
o Agurell, S. "Pharmacokinetics and Metabolism of Delta-1-Tetrahydrocannabinol and Other Cannabinoids on Man,"
Pharmacological Reviews 38: 21-43 (1986).
o Cohen, S., "Therapeutic Aspects", pp 194-225 in R.C. Petersen (ed) Marijuana Research Findings: 1976, Rockville, MD: National Institute on Drug Abuse (1977).
o Cohen, S. and Stillman, R.C. The Therapeutic Potential of Marijuana, New York: Plenum Medical Book Company (1976);
o National Institute on Drug Abuse, Marijuana and Health, Report to Congress (1980).
o "Members of Congress Voice Support for Marijuana/AIDS Research", Newsletter of the Multidisciplinary Association for Psychedelic. Studies 5,3 (Winter 1995).
o Drug Enforcement Administration, Drug Legalization: Myths and Misconceptions, Washington, DC: U.S. Department of Justice (1994).



LAS CIVILIZACIONES Y LOS INTELECTUALES A FAVOR DE LA DESPENALIZACIÓN DEL CONSUMO DE LA MARIGUANA.

39. Para reducir la violencia injustificada por la falsa guerra al narco, los más importantes intelectuales han propuesto despenalizar las drogas, como Carlos Fuentes, Carlos Monsivais, Jorge Carpizo, exrector de la UNAM y exprocurador, Ernesto Zedillo, expresidente de México, Fernando Savater, William Burroughs, Diego Rivera, Marta Lamas, Roger Bartra, Frida Khalo, Jorge García Robles, Fernando Ramírez, Arnaldo Córdova, Miguel A. Granados Chapa, Elena Poniatowska, Terence Mckenna, Gustavo de Grieff, exprocurador de Colombia, Guillermo Ibarra, Jesusa Rodríguez, Antonio Escohotado, Francesca Gargallo, Luis Astorga, Héctor Aguilar Camín, Enrique Krauze, José Woldenberg, extitular del IFE, Ricardo Rocha, Elsa Salinas, accionista de TV AZTECA, Francisco Ealy Ortiz, director de El Universal y los premios Nobel José Saramago, Octavio Paz y Gabriel García Márquez. Llamamos la atención sobre el pronunciamiento por la despenalización de las drogas del Consejo Coordinador Empresarial del Estado de México. Y no hemos conocido intelectual o científico prestigiado que se pronuncie en contra de la despenalización.
40. En Holanda, en Portugal, en Italia y en Canadá, entre otras civilizaciones democráticas, se ha legalizado la mariguana.
41. También en países menos industrializados que México, como Argentina, Jamaica y Bolivia.
42. El Congreso de Estados Unidos de América aprobó un Punto de Acuerdo por el respeto a los derechos humanos de los consumidores de drogas,
43. La mariguana es legal en 13 estados de la Unión Americana: Alaska, California, Colorado, Hawai, Maine, Maryland, Montana, Nevada, Oregon, Rhode Island, Vermont, Washington y Nuevo México.
44. El 12 de febrero de 2009, los ex presidentes de México, Colombia y Brasil, Ernesto Zedillo, César Gaviria y Fernando Henrique Cardoso consideraron que ante el fracaso de las políticas contra la producción y tráfico de drogas es necesario despenalizar el consumo de la mariguana. Recientemente el expresidente Fox se pronuncio por la liberación de ciertas drogas hasta hoy legales.
45. En México existe un amplio movimiento por la liberación de la mariguana, que durante los últimos 8 años ha realizado 8 grandes marchas-festivales pacíficas, sin afectar al tránsito vehicular, sin graffitis y sin agresiones entre las tribus urbanas asistentes o hacia la policía, eventos bajo la coordinación de la ASOCIACION MEXICANA DE ESTUDIOS SOBRE CANNABIS AC. AMECA.
46. Se trata movimiento más pacífico y respetuoso de México, prueba del mínimo riesgo que representan los consumidores y de la necesidad de respetar sus derechos humanos. AMECA ha establecido desde legislaturas previas, un vínculo con esta Cámara de Diputados para incorporar a científicos, a políticos y a intelectuales a un serio y amplio debate legislativo sobre la mariguana.




LOS DERECHOS CULTURALES Y LA NO DISCRIMINACIÓN HACIA LA MINORÍA DE PERSONAS CONSUMIDORAS DEL CANNABIS.

47. Durante miles de años, los fumadores del cannabis han mostrado conductas predecibles, no delictivas, no antisociales y no violentas. Los negros de África llevaron a su máxima expresión el uso lúdico del cannabis creando arte plástico y música. Luego, siendo esclavos en América, usaron la mariguana y la música para resistir el cautiverio y la explotación, y crearon el Blues, el Gospel y el Jazz. Hoy, en África, en Jamaica y en India, han surgido nuevas religiones del cannabis y nuevas liturgias musicales-libertarias y han transmitido su identidad cultural a occidente. Clinton y Barack Obamah fumaron mariguana, mientras que los ritmos musicales identificados con la mariguana, democratizaron América, como el rock, el reggae y el ská. Y también la fumaban los escritores Valle Inclán y Amado Nervo, los surrealistas, los muralistas, los BauHaus y el matemático hindú Gogol con sus amigos doctores en Harvard, “Para una mayor expansión de la mente”, etc, etc.
48. En México, las 8 marchas por la liberación del cannabis, ha dado 8 magníficos festivales artísticos de vanguardia en todas las disciplinas, donde asisten jóvenes que no consumen cannabis, como los dark y los emotionals, que tienden más bien al alcohol y a los antidepresivos. Su asistencia se explica por la calidad musical del evento cannábico y por los discursos de paz y de libertad.
49. El debate se ha negado en el Senado de la República, pero ha comenzado en la Cámara de Diputados y en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Existe un prejuicio censor en los gobiernos, niegan la información objetiva a la población, ocultan el punto de vista libertario, preservan un estigma contra los consumidores de cannabis y les niegan derecho a réplica. Les quitan visibilidad. A todo portador de cannabis se le considera adicto y proclive a delinquir. Y si muestra una identidad contracultural-cannabica, es discriminado y sujeto de pérdida de derechos, pues su personal condición de salud es considerada un delito.
50. La despenalización se fundamenta en las Garantías Individuales que consagra la Constitución, en los derechos humanos, en la no discriminación y en los derechos culturales de las llamadas minorías. Citamos la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural del 2 de noviembre de 2001.



DIVERSIDAD CULTURAL Y DERECHOS HUMANOS

Artículo 4 – Los derechos humanos, garantes de la diversidad cultural

La defensa de la diversidad cultural es un imperativo ético, inseparable del respeto de la dignidad de la persona humana. Ella supone el compromiso de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular los derechos de las personas que pertenecen a minorías y a pueblos indígenas. Nadie puede invocar la diversidad cultural para vulnerar los derechos humanos garantizados por el derecho internacional, ni para limitar su alcance.

Artículo 5 – Los derechos culturales, marco propicio para la diversidad cultural

Los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos, que son universales, indisociables e interdependientes. El desarrollo de una diversidad creativa exige la plena realización de los derechos culturales, tal como los definen el Artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Artículos 13 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Toda persona debe tener la posibilidad de expresarse, crear y difundir sus obras en la lengua que desee y en particular en su lengua materna; toda persona tiene derecho a una educación y una formación de calidad que respeten plenamente su identidad cultural; toda persona debe tener la posibilidad de participar en la vida cultural que elija y conformarse a las prácticas de su propia cultura, dentro de los límites que impone el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.

Artículo 6 – Hacia una diversidad cultural accesible a todos

Al tiempo que se garantiza la libre circulación de las ideas mediante la palabra y la imagen, hay que velar por que todas las culturas puedan expresarse y darse a conocer. La libertad de expresión, el pluralismo de los medios de comunicación, el plurilingüismo, la igualdad de acceso a las expresiones artísticas, al saber científico y tecnológico -comprendida su presentación en forma electrónica- y la posibilidad, para todas las culturas, de estar presentes en los medios de expresión y de difusión, son los garantes de la diversidad cultural.


51. El mismo proceso de liberación del cannabis estimuló el desarrollo cultural de México. Es continuidad de la obra del movimiento estudiantil del 68, que nos hereda una república sin dictadura, pero con fraudes electorales y con policías corruptas.
52. Esta revolución cultural interrumpida del 68, de los Beatnics y de los Hippies, fue retomada por los socialistas de México y del hemisferio occidental. La revolución prosiguió con los escritos de Parménides García, José Agustín, Carlos Monsivais, Juan Pablo. García Vallejo y la revista La Guillotina que publicó el Manifiesto Pacheco. Luego, los candidatos izquierdistas Joel Ortega Juárez, Federico Campbell Peña y Oscar Moreno Corzo así como los comunistas Concheiro, incluyeron en sus plataformas despenalizar el cannabis.
53. Un gran impulso lo dio Carlos Martínez Rentería en 1996 con el manifiesto en su revista Generación, que derivó en:
1. El manifiesto por liberar las drogas en Colombia de la revista Cambio 16,
2. El Punto de Acuerdo del diputado local mexiquense Guillermo González, de la Unión Campesina Democrática, por la despenalización así como su SIMPOSIUM DE LA SANIDAD ALTERNATIVA;
3. Los foros en la UNAM de las médicas Javiera Pinochet y Andrea González del CEU;
4. La edición de “LA PROHIBICIÓN INÚTIL” de Jorge García Robles y Fernando Ramírez;
5. Películas, obras visuales y performancés de Eduardo Balderas, de Jorge Mondragón, de Rocío Boliver; de la revista LAS BRUJAS y Guillotina y de los extintos Félix Maria Catalá y José María Covarrubias del CIRCULO CULTURAL GA y
6. Finalmente, desde el año 2001 cada primer sábado de mayo se organiza en México el día mundial por la liberación del cannabis, con 2,000 personas convocado por: AMECA, CONVIVE, FANZINE ILEGAL, ORGANI-K, BONGO-CHANT-MAMA”S AFRIKA SOUND SISTEM, GLOBAL THC, CENTRO CULTURAL LA PIRÁMIDE, MULTIFORO ALICIA, HEMP DE MÉXICO, RASTA CHILANGA, GACETA CANNABICA, vampiro sax, Lino Cambrón y ARTE&+.



BENEFICIOS A LA SOCIEDAD MEXICANA CON LA LIBERACIÓN DEL CONSUMO DE LA MARIGUANA, BAJO SUPERVISIÓN MÉDICA O EDUCATIVA, CON UN AMPLIO PROGRAMA DE PREVENCIÓN.


54. El consumo del cannabis seguirá existiendo con o sin prohibición, con o sin la persecución a los consumidores. Pero despenalizarla dará al gobierno el control científico del fenómeno, para reducir riesgos y daños en sus consumidores.
55. Despenalizar erradicará totalmente el consumo de mariguana por menores de edad, pues los consumidores y los vendedores de mariguana no arriesgarían las libertades ganadas vendiéndole a menores ni permitiendo que les vendan. La despenalización del cannabis permitirá reducir las adicciones, a través de un amplio proceso educativo y preventivo y con una abierta asistencia pública a los consumidores.
56. La despenalización desmantelará parte del crimen organizado y restringirá el flujo de recursos ilegales a las autoridades corruptas que auspician el narco. Despenalizar reducirá la violencia, la corrupción y los pretextos totalitarios. Permitirá re-orientar recursos usados para chantajear a consumidores hacia el combate especializado al crimen organizado. Es probable que la derecha gobernante acepte renunciar al moralino negocio de chantajear a los consumidores pues, el tráfico de mariguana es varias veces menor en volumen económico que el de la coca o el “Crack”, pues un kilo de mota” casi cuesta lo mismo que 4 gramos de “Piedra”.
57. La despenalización quedará sujeta a la revisión de la Comisión Interinstitucional de Investigación y Seguimiento al Proceso de Despenalización de la Mariguana, una comisión de los tres poderes federales, de gobiernos locales y de instituciones educativas y de salud así como organizaciones sociales para evaluar dicho proceso. El consumo del Cannabis quedaría condicionado a una autorización u observación de médicos o psicólogos inscritos a dicho Consejo. Naturalmente se excluye, absolutamente, el consumo para menores de edad o ante éstos, en vía pública y en edificios públicos.
58. Se deberán establecer impuestos a la venta de mariguana: Impuesto al Valor Agregado, IVA suntuario del 20%, impuesto locales e Impuesto Sobre la Renta, ISR para gravar las utilidades. Durante la etapa de despenalización, que durará hasta que dicha comisión lo determiné, no se penalizará la portación de mariguana cuando el consumidor esté inscrito a un grupo de estudio; cuando cuente con una receta médica o cuando participe en un programa contra adicciones. También proponemos permitir el consumo de mariguana en establecimientos culturales dentro de un programa piloto, bajo vigilancia directa de psicólogos y médicos y en festivales artísticos supervisados por autoridades locales.
59. Las 8 masivas marchas-festivales pro-legalización del cannabis han demostrado que ésta no representa riesgos a la sociedad. La legalización del cannabis permitirá avanzar a la ciencia en México, pues podrá estudiarse el consumo de mariguana sin prejuicios, con seriedad, con amplitud y con metodologías científicas.
60. También se dispondrá de un medicamento herbolario definitivamente más barato que los desarrollados por laboratorios extranjeros y con menos efectos colaterales. Lo anterior está comprobadísimo con las investigaciones de la Universidad de Autónoma de Chapingo y con las decenas de investigaciones internacionales aquí referidas más las decenas de libros en español de la colección de la Asociación Civil Convive.
61. Las fibras del cannabis pueden ser aprovechadas para sustituir a los bosques y selvas en la producción de hilos, papel, aglomerados alcohol y aceite. Es un recurso para reducir la deforestación, pues además, el cannabis genera biomasa y oxígeno varias veces más rápido que los árboles y puede apoyar la recuperación de zonas de filtración para alimentar mantos acuíferos. La mariguana fue prohibida para eliminar la competencia de la fibra de cáñamo, a partir de las campañas de los años 30 y 40 de la empresa Dupont y de Charles Foster, dueño de bosques, de fábricas de papel y de periódicos de Estados Unidos (conocido como “Ciudadano Kane”). Sin embargo, el día de hoy, como un ejemplo, el ejercito de Estados Unidos de América siembra Cannabis para producir cuerdas de autoconsumo y para venta a México en el marco del TLCAN.
62. Exigimos a las Comisiones Unidas que dictaminarán esta iniciativa, que no lo hagan apresuradamente; que no impongan irreflexivamente ideas preconcebidas; que amplíen el debate a la sociedad, a la academia y a las organizaciones promotoras de la legalización, que las escuchen y que respondan a sus argumentos.
63. A quienes se oponen a la despenalización les pido: aporten lo que no existe en la Ley: pruebas de los daños a la sociedad de los consumidores de la Cannabis Sativa y expongan, las pruebas para justificar el castigo a los consumidores pero, en caso contrario, entonces autoricen la primera investigación científica mexicana sobre el Cannabis, en el marco de su despenalización gradual.





Por lo anteriormente expuesto, proponemos reformar la Ley General de Salud en su TITULO DECIMO PRIMERO titulado “Programas Contra las Adicciones” en sus Capítulos V “Estupefacientes” y VI “Sustancias Psicotrópicas”, para suprimir de la lista de Estupefacientes del capitulo V artículo 234, el renglón que decía: “CANNABIS sativa, índica y americana o mariguana, su resina, preparados y semillas” que se ubicaba entre el renglón que dice “BUTIRATO DE DIOXAFETILO (etil 4-morfolín-2,2-difenilbutirato”) y el renglón que dice “CETOBEMIDONA”.



Se elimina a la mariguana de la lista de sustancias prohibidas del artículo 237 del mismo capítulo y se suprime al THC, Tetra Hidro Cannabinol, (sustancia activa de Cannabis) de la lista de sustancias psicotrópicas del capituló VI, Artículo 245, Fracción I, sustancias:



“…que tienen valor terapéutico escaso o nulo y que, por ser susceptibles de uso indebido o abuso, constituyen un problema especialmente grave para la salud pública” y Tetra Hidro Cannabinol, THC ó Cannabis, se incorpora a la lista de Artículo 245, Fracción IV de sustancias psicotrópicas tipificadas como “De amplios usos terapéuticos y que constituyen un problema menor para la salud pública”, entre los renglones de CAFEINA y de CARBAMAZEPINA. Se crea el Artículo 252 Bis donde se tipifica a la mariguana como medicamento herbolario y se establece el marco regulatorio para su consumo con fines de esparcimiento bajo autorización o supervisión de médicos, educadores o psicólogos.



Conforme al siguiente


Decreto


Por el que se reforma el TITULO DECIMO PRIMERO de la Ley General de Salud: “Programas Contra las Adicciones” en sus Capítulos V “Estupefacientes” y VI “Sustancias Psicotrópicas”.





CAPITULO V que queda redactado de la siguiente manera:




Artículo 234.- …







































se suprime.








Artículo 237.- …



se suprime “Cannabis sativa, indica y americana o marihuana” …






Y del CAPITULO V, que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 245. Fracción I. …









































se suprime






Artículo 245 …

Fracción IV. …

...

...





...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

CANNABIS (TETRA HIDRO CANNABINOL)

CARBAMAZEPINA






Y se crea el:


Artículo 252 Bis.- La mariguana o Cannabis Sativa y su elemento activo Tetra Hidro Cannabinol, son substancias psicotrópicas de amplio uso terapéutico y son también medicamentos herbolarios, por lo que su consumo, producción y venta quedan autorizados conforme a la fracción III, del inciso B del artículo 224 de la presente ley.


El consumo, la venta y la producción de la mariguana para fines de esparcimiento o de placer personal, no serán penalizados, pero serán regulados conforme a lo establecido a continuación:


1. Las Secretarías de Salud y de Educación, el Congreso de la Unión, el Consejo Nacional contra las Adicciones, los gobiernos locales, instituciones de salud, educativas y culturales, asociaciones religiosas y de filósofos liberales así como organizaciones de derechos humanos y de consumidores o de estudios sobre cannabis o drogas, constituirán y reglamentarán la Comisión Interinstitucional de Investigación y Seguimiento al Proceso de Despenalización de la Mariguana, con el objeto de:
1. Supervisar y evaluar los alcances de la liberación parcial del consumo de mariguana, para dictaminar su definitiva liberación.
2. Desarrollar un programa para erradicar el consumo de Cannabis en menores de edad.
3. Coordinar y desarrollar amplios programas interinstitucionales e interdisciplinarios de prevención de las adicciones.
4. Diseñar y desarrollar políticas públicas alternativas para la prevención, el estudio y la atención a adicciones al cannabis y para reducir riesgos por la despenalización del consumo del cannabis.
5. Subprogramas integrales hacia jóvenes menores a 25 años.
6. Realizar una campaña informativa, educativa y de debates sobre el tema. Acciones afirmativas de los gobiernos para des-estigmatizar a los consumidores de cannabis.
7. Programas de investigación y grupos de estudio con sujetos voluntarios consumidores de Cannabis, para analizar científicamente las propiedades de la mariguana y
8. Diseñar y promover reformas complementarias y reglamentos para la Ley General de Salud, a las leyes en materia judicial y educativa y a sus ordenamientos consubstanciales, incluyendo las materias de no discriminación y des-estigmatización y de derechos culturales de minorías, conforme al artículo 5 de la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural, en coordinación con las comisiones legislativas que correspondan, así como para gravar, vigilar y regular la venta del Cannabis, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con la Comisión Legislativa correspondiente, para establecer penas o medidas por el incumplimiento de estos nuevos ordenamientos y para la regulación y fomento ecológico del cannabis industrial o cáñamo.



2. No se autoriza el consumo del cannabis:

1. A menores de edad o ante estos,
2. en la vía pública,
3. en edificios públicos
4. al momento de conducir un vehículo,
5. durante jornadas laborales o escolares y
6. en los domicilios privados donde a otras personas que allí se encuentren les genere malestar el humo del cannabis.



3. El consumo del cannabis será autorizado, conforme a los ámbitos de regulación siguientes:
1. En centros artísticos autorizados y en parques culturales dentro de programas pilotos de la Comisión Interinstitucional de Investigación y Seguimiento al Proceso de Despenalización de la Mariguana y en festivales artísticos-culturales, supervisados por médicos, psicólogos, educadores u otros integrantes de Comisión Interinstitucional así como por personal de prevención de delito de los gobiernos estatales y municipales o delegacionales.
2. Cuando el consumidor cuente con receta médica, expedida conforme a los artículos 240 y 241 de la presente ley y con cédula impresa de un médico integrado a programas de investigación con protocolos autorizados por la Secretaría de Salud, conforme al artículo 238 de la presente ley.
3. Cuando el consumidor se registre a un PADRÓN PROVISIONAL DE CONSUMIDORES RESPONSABLES al momento de comprar con el comercializador autorizado, padrón que por ley quedará ajeno y totalmente prohibido a las policías y a entidades judiciales y será cancelado en caso de que la Comisión Interinstitucional determine la liberación total de la mariguana.
4. En un grupo de estudio-observación a consumidores voluntarios de Cannabis, que no se les consideran adictos pero sujetos a un diagnóstico completo, a cargo de médicos, psicólogos, trabajadores sociales, educadores, filósofos o ministros de culto incorporados a la Comisión Interinstitucional, conforme a un protocolo de investigación aprobado por una institución académica y deberán desarrollar estadísticas, encuestas, referencias y contrarreferencias en el sistema de salud.
5. En programas de rehabilitación voluntaria sin reclusión, de gobiernos locales, de ministros de culto o de organizaciones no gubernamentales, inscritos en la Comisión Interinstitucional, los cuales contarían con desayunadores, con actividades de integración, terapias ocupacionales y capacitación para el trabajo y
6. En Programas de Rehabilitación de la Secretaría de Salud



4. La portación personal de cannabis será de un máximo de 50 gramos y sólo bajo autorización y, en caso de portar más de dicha cantidad, deberá justificar su condición de comercializador.



5. Los productores y comercializadores del Cannabis deberán estar registrados y supervisados por la Comisión Interinstitucional de Investigación y Seguimiento al Proceso de Despenalización de la Mariguana y por las entidades de desarrollo social y de prevención del delito a nivel federal, estatal y municipal o delegacional. Las ventas del cannabis y del Tetrahidrocannabinnol, THC, deberán generar y trasladar impuestos.



6. La producción de mariguana para el autoconsumo no pagará impuestos ni deberá tener registro al padrón. No tendrá restricciones en su cultivo, salvo que éste no se realice en espacios públicos o a la vista de menores de edad.



7. El cultivo del cannabis para usos industriales y forestales no queda sujeto a las regulaciones anteriores, pero deberá ajustarse a normas ecológicas y a planes de desarrollo económicos y urbanos, bajo la coordinación de las autoridades correspondientes.





Artículos Transitorios.



Primero. Este decreto entrará en vigor con su publicación en el Diario Oficial.



Segundo. El Congreso de la Unión establecerá una mesa de trabajo con el Poder Ejecutivo Federal para desarrollar: a) las proyecciones y las adecuaciones presupuestales correspondientes; b) las reformas consubstanciales así como las regulaciones propuestas en la presente iniciativa y c) las condiciones para crear la Comisión Interinstitucional de Investigación y Seguimiento al Proceso de Despenalización de la Mariguana



Tercero. Las Secretarías de Salud y de Educación del Poder Ejecutivo Federal; el Congreso de la Unión; el Poder Judicial; las Asociaciones Religiosas; instituciones de educación, de cultura, de salud, de derechos humanos y contra la discriminación; organizaciones sociales y gobiernos locales, constituirán, en un plazo no mayor a 90 días, la Comisión Interinstitucional de Investigación y Seguimiento al Proceso de Despenalización de la Mariguana y su reglamento, para evaluar los alcances de la presente reforma y ponderar su rectificación, nuevas reformas o la total liberación del cannabis.







Poder legislativo del estado de México, LVII Legislatura.

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